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Conductor que mató a tres niñas seguirá procesado solo por imprudencia

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Ciudad Juárez, Chihuahua – A un año del accidente vial que cobró la vida de tres menores de edad en el bulevar Bernardo Norzagaray y la calle Francisco Villa, el Tribunal de Alzada ha rechazado la hipótesis de la Fiscalía Zona Norte (FGE Zona Norte), que sostenía que Henry R. había chocado intencionalmente el Honda Accord donde viajaban las víctimas. La resolución de primera instancia del juez de control Carlos Rodríguez, que calificó el hecho como imprudencial, ha sido confirmada.

La magistrada Ilian Yasel Villanueva, de la Quinta Sala Penal Regional, argumentó que no hubo “dolo eventual”, figura legal que implica la indiferencia del imputado ante los resultados de sus acciones.

El trágico incidente ocurrió el 24 de junio de 2024, cuando, según la Fiscalía de Distrito Zona Norte, a las 12:51 horas, Henry R. conducía un Jeep Wrangler gris bajo los efectos de la cocaína y la marihuana.

El primer incidente se registró en la avenida Heroico Colegio Militar, cerca del cruce con la calle Moctezuma, donde Henry R. colisionó la parte lateral frontal izquierda de su Jeep con la parte frontal lateral derecha de una Chevrolet Astro 1999 verde, para luego darse a la fuga.

Posteriormente, en el bulevar Bernardo Norzagaray, el Jeep de Henry R. impactó por alcance un Honda Accord 2008 azul. Este impacto provocó que el Accord se proyectara, golpeara el camellón, subiera un arbotante y terminara en sentido contrario, chocando finalmente contra un camión de carga Freightliner 1997 azul, propiedad de Fletes y Maniobras S. de R. L. de C. V., conducido por José Pablo E. N.

Dentro del Honda Accord viajaban la conductora, María Guadalupe C. D., y sus dos hijas adolescentes, H. D. A. C. y N. G. A. C., quienes resultaron lesionadas y fueron trasladadas a distintos hospitales. Lamentablemente, al interior del vehículo quedaron los cuerpos de las hermanas I. A. C. R. y A. D. C. R.

Tras el hecho, Henry R. fue vinculado a proceso penal por homicidio, lesiones y daños imprudenciales. Sin embargo, el Ministerio Público apeló la decisión, buscando que se recalificara el delito de “imprudencial” a otro tipo penal.

El recurso de apelación no pudo ser resuelto en su momento, ya que un Tribunal de Alzada determinó que el juez de control no había ofrecido efectivamente asistencia consular a Henry R., quien es ciudadano estadounidense. Esta omisión obligó a que la audiencia inicial se realizara de nuevo.

La audiencia inicial repuesta se llevó a cabo el 20 y 26 de diciembre del año pasado, esta vez con la debida notificación al Consulado de Estados Unidos. A pesar de este procedimiento adicional, la resolución judicial fue la misma: vinculación a proceso por delitos imprudenciales.

Redacción: Valeria Segundo Reportera Junior

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